Del 2 de enero al 28 de febrero del 2026, habrá 50 por ciento de descuento para realizar el pago del predial, para lo que tendrán que registrarse en un padrón del 1 de octubre al 30 de noviembre.
En entrevista para XEU Noticias, Onésimo Pérez Peralta, director de ingresos, enfatizó que las personas que ya se inscribieron en el padrón para obtener este beneficio, ya no tienen la necesidad de inscribirse, sin embargo, para aquellos que lo hagan por primera vez sí se tienen que inscribir.
Destacó que el descuento del 50 por ciento, únicamente será para personas jubiladas, pensionados, personas mayores de 60 años o con discapacidad, madres solteras y desaparición forzada, mientras que el público en general que obtiene el 20 por ciento no necesita registrarse.
"El público en general, solamente por el hecho de cumplir de manera oportuna en el periodo de enero y febrero, va a disfrutar de dicho beneficio. Todos los demás contribuyentes que reúnan las condiciones que se acaban de señalar (jubilados y pensionados o mayores de 60 años), lo disfrutarán sólo si se inscriben dentro de este padrón".
Agregó que todas las personas que quieren recibir en el descuento del predial para el siguiente año, deben estar al corriente con las deudas y así, puedan obtener dicho beneficio en Veracruz.
Todos los documentos tienen que ser originales y el lugar para realizar dicho trámite es en el Edificio Trigueros, ubicado en Mario Molina Esquina Zaragoza en el primer piso.
Los requisitos para los pensionados (as) y/o jubilado (a) propietario del predio son los siguientes:
- Último recibo de pago predial al corriente
- Identificación que acredita su estado de pensionado
- Credencial de elector (la dirección debe ser la misma que la del Predio)
- Acta de Nacimiento en caso de que el propietario sea el (la) cónyuge, siempre que ambos vivan en el predio
- Escritura donde especifique el usufructo vitalicio en caso de que la propiedad esté a nombre de algunos de sus familiares
- En caso de tener varios inmuebles el descuento será aplicable a un solo inmueble
Los requisitos para pensionado (a) o jubilado (a) por viudez son los siguientes:
- Último recibo de pago predial al corriente
- Identificación que acredita su estado de pensionado
- Credencial de elector de la viuda (la dirección debe ser la misma que la del Predio)
- Acta de defunción del pensionado o jubilado
- En caso de tener varios inmuebles el descuento será aplicable a un solo inmueble
Con respecto a los requisitos en caso de concubinato o Unión Libre, son los siguientes:
- Último recibo de pago predial al corriente
- Credencial de elector de la concubina (la dirección debe ser la misma que la del Predio)
- Actas de nacimiento de los hijos (si los hubiera)
- En caso de no tener hijos, constancia de unión libre expedida por su jefe de manzana y Certificada por la Dirección de Gobernación Municipal
- Identificación que acredita su estado de pensionado
- En caso de tener varios inmuebles el descuento será aplicable a un solo inmueble
Pasando a los requisitos para personas mayores de 60 años o con discapacidad, son los siguientes:
- Último recibo de pago predial al corriente
- Identificación que acredite su estado de tercera edad (INAPAM) o Discapacidad (SOLO CAPADIF)
- Credencial de elector (la dirección debe ser la misma que la del Predio)
- El valor catastral de la propiedad no deberá exceder 6 mil UMAS (678 mil 840 pesos)
- En caso de tener varios inmuebles el descuento será aplicable a un solo inmueble
Además, los requisitos para las madres solteras para obtener el 50 por ciento de descuento en este trámite, son los siguientes:
- Último recibo de pago predial al corriente
- Credencial de elector (la dirección debe ser la misma que la del Predio)
- Acta de Nacimiento de hijo menor de edad (con los apellidos de la madre y/o Constancia de Madre Soltera)
- En caso de ser madre soltera por viudez, presentar acta de defunción del esposo
- El valor catastral de la propiedad no deberá exceder 6 mil UMAS (678 mil 840 pesos)
- En caso de tener varios inmuebles el descuento será aplicable a un solo inmueble
Mientras que los requisitos para las víctimas indirectas de desaparición forzada, son los siguientes:
- Último recibo de pago predial al corriente
- Credencial de elector del INE del familiar directo que realiza el trámite
- Resolución de Declaración Especial de Ausencia
- Presentar documento donde se acredite el parentesco (acta de matrimonio, acta de nacimiento tanto de la persona desaparecida, como de quienes se identifican como sus hijos, para acreditar el parentesco de padres e hijos).
- El valor catastral de la propiedad no deberá exceder 6 mil UMAS (678 mil 840 pesos)
- En caso de tener varios inmuebles el descuento será aplicable a un solo inmueble