El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación exhorte a todas las autoridades involucradas, incluido el INE, a acatar las suspensiones dictadas contra la reforma judicial como “un requisito mínimo de vivir en Estado de derecho”, pues el Tribunal Electoral “es incompetente” para opinar sobre amparos y sus sentencias serían sólo “opiniones de una mayoría”.
De acuerdo con Milenio, el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena que se circuló en la Corte, sobre la facultad de atracción solicitada por el Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, la jueza directora de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial, así como diversos magistrados y jueces y el Comité de Evaluación del Poder Judicial, ante las órdenes contrarias entre jueces que suspendían la elección judicial y el Tribunal Electoral que autorizaba continuar.
El proyecto del ministro concluye que la Sala Superior es incompetente para determinar la validez de las suspensiones en juicios de amparo y propone exhortar a todas las autoridades involucradas, a cumplir dichas suspensiones “como el requisito mínimo de vivir en un Estado de derecho”.
Mientras que, a los jueces de distrito, les ordena revisar las suspensiones emitidas, a fin de que analicen no incurrir en alguna incompetencia, al recalcar que en el caso concreto ya ha quedado establecido por la propia Corte que los aspectos electorales de la reforma judicial son de material electoral, por lo que no procedería el amparo ni admitirían suspensiones.
“Dentro de un plazo de 24 horas a partir de la emisión de esta sentencia, todas las personas juzgadoras de distrito que hayan concedido suspensiones respecto a la instrumentación de la reforma judicial deberán revisar de oficio sus determinaciones cautelares a la luz de las consideraciones de esta sentencia. Esto, con base en los artículos 139 y 154 de la Ley de Amparo para las suspensiones provisionales y definitivas, respectivamente”, refiere el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Dicho estudio del asunto comienza con una crítica respecto a qué tanto los jueces de distrito como a la Sala Superior cayeron en una “ambición de salirse del Derecho (…) en su búsqueda de ser aquel que decide cuándo se le aplica una excepción al Derecho”, al señalar que por un lado los jueces se involucraron en amparos que no aplican en procesos electorales, pero por el otro, el Tribunal Electoral incurrió en temas en los que es incompetente.
“Éste no es un caso trágico, sino el espejo que refleja el momento preciso en que las instituciones del Estado, paradójicamente en su intento de defender el orden constitucional, terminaron por exhibir su fragilidad”, apunta.
Gutiérrez Ortiz Mena señala en el proyecto: “En su concepto, todos estaban cuidando el Estado de derecho, pero en sus determinaciones, ambos tribunales tuvieron que salir de ese Estado de derecho. El problema fue que pretendieron decidir por sí mismas cuándo un pronunciamiento tiene efectos jurídicos y descalificaron la competencia de otras autoridades sin ninguna facultad para ello”.
Y concluye que lo importante “para establecer el Estado de derecho” es que se acaten las suspensiones judiciales y no se siga normalizando el desacato, ya que si bien reconoce que el amparo no aplica en materia electoral, es libertad de los jueces analizar los alcances de sus decisiones cuando aceptan las suspensiones.
“No es que las suspensiones hayan estado necesariamente bien concedidas o que sean correctas en su criterio jurídico. Correctas o no, debían obedecerse. Y de estar en contra, se debió acudir a los tribunales colegiados de circuito”, afirma.
Fuente: Milenio / Foto: Archivo / JAC