Desde el 1 y hasta el 30 de abril del 2025, las personas físicas pueden presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); y aunque no todos están obligados muchos de los contribuyentes lo están haciendo porque esperan saldo a favor.
¿Quieres que el SAT te devuelva saldo a favor?
Ramón Ortega, integrante de la Asociación Nacional de Fiscalistas, afirma que casi el 75 por ciento de las declaraciones anuales de personas físicas llegan a tener un saldo a favor, lo que ha generado que muchas de ellas hagan el trámite esperando números positivos.
Sin embargo, algunos de los contribuyentes se basan en tutoriales que ven a través de las redes sociales (Tik Tok), omiten algunos pasos o lo hacen de manera incorrecta y en lugar de tener saldo a favor el resultado es que tienen que pagar a la autoridad hacendaria.
"No verifican bien los datos, faltan a veces algunos comprobantes de deducciones porque no se expidieron correctamente o falta algún tipo de complemento o requisito y por eso les sale a pagar, entonces les invitamos a que se asesore", con un especialista.
¿Qué se debe de tomar en cuenta para tener saldo a favor, que muchos contribuyentes esperan?
"Sí, muchos piensan que la autoridad regala dinero y no, es el trabajo de todo un año, por ejemplo, si eres asalariado que es el caso mayoritario pues al momento que te pagan el salario te timbran la nómina el patrón, te retiene el impuesto".
Entre las deducciones que se pueden hacer se encuentran los gastos que las personas físicas hacen por gastos médicos, dentales, hospitalarios, funerarios, colegiaturas (topado) entre otros.
Uno de los datos a tomar en cuenta es que quien contrató un crédito hipotecario y está pagando los intereses, pueden deducir y normalmente es a favor de la persona quien en promedio recibe en promedio 7 mil pesos, monto que puede variar.
Los asalariados que están obligados son quienes ganan más de 400 mil pesos anuales, quienes obtuvieron ingresos menores a esa cantidad pueden hacerlo de manera voluntaria, pero es es conveniente que validen la información en declarasat o visor de nóminas en la página del SAT.
¿De cuánto puede ser el saldo a favor?
El saldo a favor va a depender de cada una de las deducciones que pueda hacer las personas físicas; si es menor a los 10 mil pesos pueden hacerlo con su contraseña; si es arriba de 10 mil y menor a 150 mil pesos tiene que ser con su firma electrónica.
"Si su cuenta clave, la bancaria, es la misma en donde le van a depositar que ha estado manifestando, la podrá presentar con su contraseña, no es necesario la firma electrónica (...) porque mucha gente no se acuerda dónde tiene su firma eléctronica, nunca la ha tramitado o no sabe dónde está su contraseña".
¿En cuánto tiempo se regresa el saldo a favor?
Aunque normalmente el saldo a favor se regresa en promedio en cinco días, ese tiempo no es una regla general, hay personas que tardan más tiempo en ver reflejado el monto que corresponde, algunas incluso tardan meses en casos extraordinarios, puntualizó.