Reportan que el contralmirante Fernando 'F' no puede ser detenido por huachicol fiscal

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De acuerdo con información publicada por Milenio, el contralmirante Fernando "F" no puede ser detenido ni ser sometido a prisión preventiva aunque se le imponga una medida cautelar de ese tipo en una audiencia inicial, debido a que una jueza federal resolvió otorgarle una suspensión, 

Lo anterior, pese a que, en su momento, se le giró una orden de aprehensión por su presunta implicación en la investigación por huachicol fiscal en Aduanas.

Esta medida, producto de una suspensión provisional concedida por la jueza Emma Cristina Carlos Ávalos, significa que el marino no es, en este momento, prófugo de la justicia.

Ante tal escenario, Fernando "F" puede comparecer sin el riesgo de ser detenido a la audiencia inicial de imputación de cargos programada para este 1 de octubre en el Centro de Justicia Penal ubicado en el Penal del Altiplano.

En un escrito de aclaraciones sobre los alcances de la suspensión otorgada al mando naval como parte del juicio de amparo 813/2025, la jueza destaca que la decisión relacionada con la libertad del contraalmirante se encuentra bajo su jurisdicción, por lo queno puede ser privado de su libertad aun cuando se le impusiera una medida cautelar de prisión oficiosa.

Cabe mencionar que los delitos por los cuales se pretende imputar a Fernando "F"  son delincuencia organizada con fines de cometer delitos en materia de hidrocarburos, ameritarían prisión preventiva oficiosa.

Incluso, hace unos días se informó que, como resultado de la orden de aprehensión la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) también había emitido una ficha roja de localización y captura del elemento de la Semar a nivel internacional.

“(Farías) no podrá ser privado de su libertad, aunque comparezca ante el juez de control a la audiencia inicial (bajo los efectos de la suspensión) y eventualmente se le imponga la medida cautelar de prisión preventiva (justificada u oficiosa), a petición del Ministerio Público, toda vez que dicha medida no será ejecutable durante la suspensión concedida, ya que el solicitante estará bajo la jurisdicción del Juez de Distrito en lo que respecta a su libertad personal, siempre que la suspensión siga vigente”, indica la resolución.

Ávalos resolvió estos efectos de la suspensión provisional concedida a partir de diversas jurisprudencias emitidas por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región que establecen que las medidas cautelares de prisión preventiva no serán ejecutables en tanto prevalezcan los efectos de las suspensiones.

 

Editor: Redacción xeu
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