Amparan a dueña del Colegio Enrique Rébsamen, que colapsó tras sismo en CDMX

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Un Tribunal Federal ordenó dejar sin efecto la sentencia de 36 años de prisión impuesta a Mónica García Villegas, dueñas del Colegio Rébsamen, por la muerte de 26 personas durante el sismo del 19 de septiembre de 2017.

Lo anterior, debido a incongruencias en uno de los dos delitos por los cuales fue condenada.

Cabe señalar que dicha resolución no implica la libertada de Mónica García, y solo abre la posibilidad de que pueda ser reducida su condena.

De manera unánime, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal resolvió que hay elementos para determinar que el delito de homicidio culposo diversos 26 sí se acredita, por lo que debe quedar intacto con el nuevo pronunciamiento que haga un juez de control del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Entonces, el juez del fuero común únicamente deberá fundar y motivar de nueva cuenta sobre la presunta culpabilidad por lo que hace al delito de responsabilidad de los directores de obra, en la hipótesis de propietaria, establecido en el artículo 329 Bis del Código Penal de la capital, el cual fue agregado el 10 de enero de 2014.

El Tribunal Colegiado indicó que se debe resolver si el acto ilícito es de naturaleza instantánea o de naturaleza permanente, asunto que debió “corregirle la plana” la Sala Penal y no lo hizo.

El magistrado ponente, Oscar Espinosa Durán, presentó un proyecto donde proponía otorgar un amparo liso y llano a la quejosa por el segundo delito, debido a insuficiencia probatoria. Sin embargo, en el debate los magistrados externaron diversos puntos de vista.

Por su parte, el magistrado Fernando Córdova del Valle propuso otorgar el amparo solo para efectos, debido a las incongruencias y fechas que se tomaron en cuenta para dictar la sentencia respecto al delito de responsabilidad de los directores de obra, propuesta a la que se sumó la magistrada María Dolores Núñez Osorio.

En la sesión, el magistrado Espinosa Durán comentó que hay datos de prueba que demuestran que la quejosa es responsable de la muerte de 26 personas, 19 de los cuales eran niños, porque sí existen elementos que revelan que el cuarto piso que se edificó en el colegio no debió ser construido, lo que generó la tragedia.

Respecto al segundo delito, manifestó que consta en el expediente que Mónica García sabía de las irregularidades en el colegio, porque se le hizo una visita el 12 diciembre de 2013, y se le inició un procedimiento.

También, dijo que hay una incongruencia de la Sala respecto a sí el delito es instantáneo o permanente, debido a las fechas.

Pese a que propuso otorgar el amparo liso y llano, los magistrados coincidieron en que corresponde a la autoridad judicial local subsanar el asunto, motivo por el cual solo fue para efectos.

 

Fuente: Milenio / Foto: Archivo / JAC

Editor: Redacción xeu
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