El Gobierno Federal rechazó que pueda expropiar plantas de energía o activos del sector hidrocarburos, como lo afirmó el periódico Reforma el 17 de octubre de 2025. En un comunicado, la Secretaría de Energía (Sener) aclaró que la figura de ocupación temporal no equivale a una expropiación.
Según Reforma, el nuevo Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos, publicado el 3 de octubre, otorga a la Sener y a la Comisión Nacional de Energía (CNE) facultades para intervenir, ocupar temporalmente o revocar permisos de empresas privadas por causas como guerra, desastre natural, alteración del orden público o riesgos a la seguridad nacional, energética o económica.
El reglamento señala que estos procedimientos deben realizarse bajo los términos de la Ley de Expropiación y contempla una indemnización a valor de mercado, además del pago de daños y perjuicios. La ocupación no podrá durar más de 36 meses.
En respuesta, Luz Elena González Escobar, titular de la Secretaría de Energía, dio a conocer un comunicado en el que afirma que:
La Sener acusó que es “completamente falso” afirmar que el Estado puede expropiar plantas de energía mediante esta figura, y sostuvo que el reglamento sólo detalla lo que ya estaba previsto en la ley.
Como lo expresó nuestra Presidenta en la #MañaneraDelPueblo, la nota publicada en el periódico Reforma sobre que el Gobierno podrá expropiar plantas de energía a partir del nuevo reglamento, es una información complemente falsa.
— Luz Elena González Escobar (@LuzElena_GE) October 17, 2025
Comparto nota informativa y reitero que desde el… pic.twitter.com/N6s1rjlvUH