¿Puede el gobierno expropiar empresas de energía? Esto dice la SENER

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Por: Redacción xeu

El Gobierno Federal rechazó que pueda expropiar plantas de energía o activos del sector hidrocarburos, como lo afirmó el periódico Reforma el 17 de octubre de 2025. En un comunicado, la Secretaría de Energía (Sener) aclaró que la figura de ocupación temporal no equivale a una expropiación.

Según Reforma, el nuevo Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos, publicado el 3 de octubre, otorga a la Sener y a la Comisión Nacional de Energía (CNE) facultades para intervenir, ocupar temporalmente o revocar permisos de empresas privadas por causas como guerra, desastre natural, alteración del orden público o riesgos a la seguridad nacional, energética o económica.

El reglamento señala que estos procedimientos deben realizarse bajo los términos de la Ley de Expropiación y contempla una indemnización a valor de mercado, además del pago de daños y perjuicios. La ocupación no podrá durar más de 36 meses.

En respuesta, Luz Elena González Escobar, titular de la Secretaría de Energía, dio a conocer un comunicado en el que afirma que:

  • La ocupación temporal ya existe desde la Ley de Hidrocarburos de 2014.
  • No implica pérdida de propiedad ni transferencia definitiva de activos, por lo que no es una expropiación.
  • Se trata de una medida excepcional, usada sólo si un permisionario no puede operar en situaciones críticas.
  • El proceso debe ser legal, compensado, motivado y con plazo definido.
  • Los particulares pueden solicitar el fin de la ocupación cuando cese la causa que la originó.

La Sener acusó que es “completamente falso” afirmar que el Estado puede expropiar plantas de energía mediante esta figura, y sostuvo que el reglamento sólo detalla lo que ya estaba previsto en la ley.

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