La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México validó este jueves sancionar con hasta seis años de prisión el uso de Inteligencia Artificial (IA) para generar contenido sexual en el estado de Sinaloa (noroeste del país).
La SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad 66/2024, presentada por el Ejecutivo federal, luego de que el Congreso del estado de Sinaloa avalara penas de tres a seis años de cárcel por usar IA para manipular contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento.
La Corte validó las reformas al Artículo 185 Bis C del Código Penal de Sinaloa, que definen la inteligencia artificial en el contexto de la violencia digital como las "aplicaciones, programas o tecnología que analice fotografías, audios o videos y ofrece ajustes automáticos para hacerles alteraciones o modificaciones".
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, a cargo del proyecto aprobado por mayoría, explicó que la reforma del Legislativo local cumple con su objetivo de ampliar los medios por los cuales se puede cometer el delito de violación de la intimidad sexual.
"Esencialmente, sancionando a quien haciendo uso de la inteligencia artificial, manipule imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento expreso, sin su consentimiento voluntario, genuino y deseado", recapituló.
Esto "para crear hechos falsos con apariencia de real, con el propósito de exponer, de distribuir, de exhibir, de reproducir, de transmitir, de comercializar, de ofertar o incluso de intercambiar y compartir a través de materiales impresos o de medios digitales", agregó.
Asimismo, determinó que en estas reformas "el legislador no pretendió emitir una regulación general sobre la inteligencia artificial, sino exclusivamente definirla en el contexto del delito para poder entender cuál es el medio comisivo", contrario a lo que impugnaba el Ejecutivo federal.
La ministra Yasmín Esquivel consideró que quien manipula imágenes íntimas con IA "tiene la suficiente claridad para saber con exactitud cuál es la conducta que se tipifica como delito", es decir, el exponer principalmente a las mujeres "al escarnio público mediante la creación de imágenes relacionadas con su vida privada, con el ánimo de dañar su reputación" mediante la generación de 'deepfakes' o ultrafalsos.
También señaló que esta resolución está en sintonía con las reformas de noviembre pasado que incorporaron la vida libre de violencia para las mujeres en la Constitución, así como con la Ley Olimpia, que sanciona la violencia sexual digital en todo el país.
Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf pidió no pasar por alto que la IA ha sido utilizada como herramienta para facilitar la violencia de género, según un reporte de 2023 de la UNESCO en la materia, que señala que el 58 % de las mujeres y niñas en todo el mundo han sido víctimas de algún tipo de violencia cibernética.
"Al, respecto en su informe de 2024 sobre violencia contra las mujeres y las niñas facilitada por la tecnología, el secretario general de Naciones Unidas señaló que entre el 90 % y el 95 % de las ultrafalsificaciones en línea son imágenes pornográficas creadas sin el consentimiento de las víctimas", agregó Ortiz.
Con información de EFE/Foto: Archivo/atf