Entran en vigor sanciones a empresas por explotación laboral; ¿Cuáles son?

Imagen Entran en vigor sanciones a empresas por explotación laboral; ¿Cuáles son?

Los patrones que obliguen a sus colaboradores a trabajar jornadas por encima de lo que estipula la Ley, y se trate de comunidades vulnerables, serán sancionados con penas de cuatro hasta 12 años de cárcel, y de siete mil a 70 mil días multa.

El pasado 7 de junio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reformas diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en donde se estipulan dichas penas.

A la ley en cuestión se le adicionó una fracción al artículo 21, que advierte que existe explotación laboral cuando hay “jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la Ley”.

Señala que, al tratarse de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las penas previstas serán de cuatro a 12 años de prisión, y de siete mil a 70 mil días multa.

De acuerdo con las definiciones de la ley, hay explotación laboral cuando una persona obtiene, directa o indirectamente, beneficio injustificable, económico o de otra índole, de manera ilícita, mediante el trabajo ajeno, sometiendo a la persona a prácticas que atenten contra su dignidad.

Especialistas advirtieron que, por ello, los patrones deben cubrir horas extras o cuidar que las jornadas no se extiendan en el caso de actividades riesgosas.

Al respecto, el abogado laboral, Diego García Saucedo, señaló: "Un patrón que ordena trabajar horario extendido y que, además no paga horas extras, además de incurrir en violaciones a la legislación laboral, pudiera estar incurriendo en un delito que le impondría multas estratosféricas".

En tanto que Marcela Calderón, socia legal laboral de KPMG México, consideró que estas sanciones se aplicarían si se demuestra que son en contra de la población vulnerable o está ligados a actividades ilícitas.

 

Fuente: Reforma / Foto: Archivo / JAC

Editor: Redacción xeu
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