Varios automovilistas en el estado de Veracruz han denunciado presuntos abusos por parte de empresas de grúas que intervienen vehículos de manera arbitraria, cobrando cantidades excesivas sin que exista una regulación clara que las frene.
El problema de fondo, según señalan ciudadanos afectados, es que no existe una supervisión efectiva sobre las empresas que prestan el servicio de grúas en la entidad.
Operan, en muchos casos, con tarifas que se acuerdan directamente con los municipios y sus direcciones de Tránsito, sin que haya una autoridad que verdaderamente las ponga en orden.
Gerardo Veneroso, abogado especialista en transporte público y temas viales, aclara que la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del gobierno estatal es la única instancia con facultades legales para regularlas.
Sin esa supervisión institucional, el campo queda libre para que las empresas del sector operen con poca o nula rendición de cuentas.
De acuerdo con el especialista, la legislación vigente en la materia establece con claridad que la intervención obligatoria de una grúa por órdenes de la autoridad únicamente procede en dos supuestos:
"En la última reforma habla de eso; solo en casos de ebriedad y en caso de que el vehículo tenga de por medio una investigación por un delito se tiene que meter la grúa forzosamente, en los demás casos no".
Dicho de otro modo: si te detienen por una infracción común, como estacionarte en lugar prohibido, circular sin la verificación al corriente o cualquier otra falta administrativa de tránsito, la autoridad no tiene atribuciones legales para remolcar tu vehículo.
Y si lo hace de todas formas, tú no estás obligado a pagar ni el arrastre ni el resguardo.
"Por supuesto que no está obligado y es inconstitucional, está vulnerando la garantía constitucional, porque dice la reforma que solo en casos de estado de ebriedad o que el vehículo o que el mismo vehículo intervenga en un delito".
Cuando una grúa se lleva tu vehículo fuera de los supuestos legales que marca la ley, estás ante una violación a tus garantías constitucionales.
El abogado indica que los automovilistas afectados pueden promover un juicio de amparo ante un juez de distrito, argumentando la vulneración a los derechos establecidos en los artículos 11, 18, 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin embargo, el camino legal es largo y costoso. En la práctica, la gran mayoría de los conductores prefiere pagar lo que la empresa de grúas les cobra antes que enfrentarse a un proceso judicial que puede tiempo y requerir asesoría especializada.
Es, en muchos sentidos, una trampa que funciona precisamente porque la gente no quiere o no puede pelearla.
Durante la administración estatal anterior se intentó ordenar el sector, ya que muchas empresas operaban con tarifas acordadas directamente con los municipios, con un cobro mínimo de 800 pesos.
Tras una revisión, esa tarifa se redujo a la mitad y el llamado "banderazo", es decir, el costo base por el servicio, quedó en 400 pesos.
Pero el escenario cambió de nuevo. En 2024, la administración actual modificó el esquema tarifario. Hoy las tarifas funcionan así:
Lo anterior significa que, dependiendo de qué tan lejos te remolquen y el tipo de vehículo que tengas, el costo final puede dispararse considerablemente por encima del mínimo establecido.
La situación que enfrentan muchos automovilistas en Veracruz refleja un problema estructural: empresas privadas que prestan un servicio vinculado a la autoridad de tránsito, sin una fiscalización rigurosa y con tarifas que el ciudadano común desconoce hasta que ya es demasiado tarde.
Si un agente de tránsito llama a una grúa por una infracción que no implica ebriedad ni un delito, recuerda que tienes derecho a negarte a pagar el arrastre.
Y si ya pagaste sin saber esto, existe la vía legal para impugnar el cobro, aunque implique tiempo y recursos. La asesoría de un abogado especializado en materia vial puede marcar una diferencia real en tu caso.