Se requiere regulación en uso de la voz, ante la IA: Abogado

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Por: Alexandra Burch
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En la era digital, la inteligencia artificial (IA) ha abierto un mundo de posibilidades, pero también ha planteado importantes desafíos legales y éticos, especialmente en el ámbito de la radiodifusión y los derechos de los locutores. La creación de voces mediante IA, que puede imitar o reproducir la voz de una persona sin su consentimiento, ha generado inquietudes sobre la protección de los derechos de los artistas y profesionales del medio.

El abogado Ernesto Contreras, experto en radiodifusión y derechos de autor, explica que actualmente "no existe una regulación específica que proteja la voz de una persona" en la legislación mexicana. La voz, señala, es un atributo de la personalidad y un rasgo que va cambiando con el tiempo, por lo que no puede considerarse un dato biométrico en el sentido tradicional. 

Contreras advierte que, aunque existen programas de IA capaces de crear voces a partir de características específicas, "la legislación autoral ni ninguna otra tiene protección específica sobre la voz".

Esto significa que, en la práctica, alguien puede usar la voz de otra persona sin autorización, especialmente si se trata de explotación comercial o lucro, lo cual puede afectar gravemente los derechos de locutores, artistas y personas con reconocimiento público.

Respecto a si la voz debería considerarse un dato biométrico, el experto opina que "no sería correcto, porque la voz va modificándose con el tiempo", y que la protección debería centrarse en los rasgos distintivos y en el reconocimiento de la persona en casos de explotación o uso indebido.

En cuanto a la regulación internacional, Contreras señala que "a día de hoy, no hay un país que esté regulando específicamente la voz mediante inteligencia artificial".

Sin embargo, en algunos países existen antecedentes en registros de derechos de autor relacionados con obras musicales o producciones, pero no con la voz en sí. La voz, explica, "no es susceptible de registro como tal, como una huella digital", sino que se protege a través de las obras en las que se utilice, como canciones o producciones.

El abogado también destaca que, si alguien usa la voz de otra persona sin permiso para fines comerciales, "sí hay regulación en ese sentido", pero la protección aún es limitada, ya que "la voz no está registrada ni puede registrarse como una obra" ante instituciones como el IMPI o el Instituto Nacional de Derecho de Autor.

Finalmente, Contreras enfatiza la necesidad de una regulación clara y efectiva: "Es un tema muy trascendente que requiere una regulación adecuada, sobre todo por la comercialización de voces reconocidas". La creación de un marco legal que permita registrar y retribuir justamente a quienes crean esas voces sería un paso importante para proteger los derechos de los profesionales y evitar abusos.

Por ahora, en México, "no se puede registrar la voz ante ninguna autoridad", y la legislación aún está en proceso de adaptación para afrontar estos nuevos desafíos tecnológicos.

 

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