El Congreso de Veracruz aprobó una reforma constitucional para precisar las reglas que deberá cumplir la ciudadanía cuando busque promover un proceso de revocación de mandato de la Gobernadora o Gobernador del Estado.
El dictamen reforma el inciso b) de la fracción VI del artículo 15 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
La modificación fue impulsada por diputadas y diputados del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, con adhesión del Grupo Legislativo de Morena, y dictaminada por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Organización Política y Procesos Electorales.
Con esta reforma se establecen tiempos, porcentaje mínimo de firmas y reglas de distribución territorial para que una solicitud de revocación de mandato pueda ser revisada por la autoridad electoral.
Qué aprobó el Congreso
La reforma establece que la ciudadanía interesada en promover la revocación de mandato podrá comenzar a reunir apoyos durante el mes previo a la conclusión del tercer año de ejercicio constitucional de la persona titular del Poder Ejecutivo estatal.
El respaldo deberá equivaler, como mínimo, al 10 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal electoral del estado.
Además, esas firmas deberán estar distribuidas en cuando menos la mitad más uno de los municipios de Veracruz.
En cada uno de esos municipios, los apoyos deberán representar al menos el 3 por ciento de la lista nominal municipal.
La finalidad, de acuerdo con el dictamen, es que la solicitud no se concentre sólo en una región del estado, sino que tenga respaldo territorial verificable.
OPLE revisará los apoyos ciudadanos
Una vez concluido el tercer año de gobierno, la ciudadanía podrá presentar formalmente ante el Organismo Público Local Electoral sus intenciones para realizar el procedimiento de revocación de mandato.
El OPLE tendrá 30 días naturales para calificar de forma integral si se cumple con el requisito de apoyo ciudadano.
La verificación deberá realizarse conforme al procedimiento que establezca la ley secundaria en la materia.
Si el requisito se cumple, el organismo electoral deberá expedir de inmediato la convocatoria para el procedimiento.
Buscan armonizar la Constitución local
El dictamen señala que la reforma busca armonizar la Constitución de Veracruz con el modelo federal de revocación de mandato.
La revocación de mandato es reconocida como un derecho de participación política solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada de un cargo, a partir de la pérdida de confianza.
En el caso de Veracruz, la reforma precisa cómo deberá ejercerse ese derecho respecto de la persona titular del Poder Ejecutivo estatal.
Falta legislación secundaria
El decreto aprobado establece que la reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.
Además, el Congreso de Veracruz deberá expedir la legislación secundaria en materia de revocación de mandato en un plazo no mayor a 180 días naturales.
Por tratarse de una reforma constitucional local, el dictamen también señala que este tipo de modificaciones requieren el procedimiento previsto en el artículo 84 de la Constitución del Estado, que contempla la aprobación del Congreso y de la mayoría de los ayuntamientos.
Con información y foto de AVC/itg