Tribunal Electoral ordena incluir a 18 rechazados a elección judicial

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los Comités de Evaluación del Poder Legislativo y Ejecutivo incluir en sus listas a 18 aspirantes a una candidatura del Poder Judicial que excluyeron, pero sí cumplen con los requisitos.

En tanto que instruyeron que a otras 48 personas les fundamenten y motiven por qué no fueron aceptados, pues no se justifica su eliminación.

Respecto a la inclusión de aspirantes, se orden que a “la brevedad” ambos Comités publiquen sus nombres en una adenda a las listas que hicieron públicas hace unas semanas.

Por ejemplo, en uno de los recursos, el propio Comité del Poder Ejecutivo admire que hizo una segunda revisión sobre cinco postulantes, y estos cumplieron con los requisitos, pero contradictoriamente no aparecen en la lista.

La sentencia del Tribunal asegura que su inclusión no sólo dará certeza y seguridad jurídica a los excluidos, sino al proceso electivo en sí mismo.

También se evitarán incongruencias y dotarán de transparencia el desarrollo de cada una de las etapas del proceso en cuestión.

La sentencia indica: "El Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal deberá, a la brevedad, publicar una adenda al Listado de personas aspirantes elegibles que podrán continuar a la etapa de evaluación de idoneidad, que publicó el 15 de diciembre, a fin de precisar la situación de las personas actoras como aspirantes".

En la lista se encuentran Jorge Jannu Lizárraga Delgado, juez de distrito en Naucalpan; Fernando Eduardo Alpuche Ojeda, doctor en derecho; María Estela España García, secretaria en funciones de magistrada en Tribunal de Circuito; y Lorena Orquídea Cerino Moyer, jueza laboral.

Respecto a las 48 personas, la presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto, recriminó a los Comités que se excluyeran sin expresar los motivos.

En ese sentido, indicó que “es indispensable que quienes participan en este proceso de selección conozcan los motivos por los que son considerados inelegibles y, en consecuencia, no podrán avanzar a la siguiente etapa al ser obligación de toda autoridad fundar y motivar debidamente sus determinaciones”.

Agrega que, "aunado a ello, considero que tal ejercicio es necesario para dotar de certeza y transparencia al proceso de elección en su integridad, en beneficio no solamente de las personas aspirantes, sino de la ciudadanía en general y del propio proceso".

 

Fuente: Reforma / Foto: Archivo / JAC

Editor: Redacción xeu
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