Tras el incendio de un camión de pasaje en Boca del Río, surge la duda si los camiones deben contar con un extinguidor para evitar que un siniestro se propague y cause alguna tragedia, al respecto el abogado Gerardo Veneroso precisó que sí es obligatorio que los autobuses traigan extintor y un botiquín de primeros auxilios.
En entrevista para XEU, el abogado Gerardo Veneroso, experto en temas de transporte público, señaló que, dada la capacidad de las unidades urbanas, no basta con un solo equipo de emergencia.
"Sí, por supuesto que están obligados a traer incluso no uno, sino hasta dos extintores. Uno no tendría la capacidad por ser un camión de pasajeros; tendría que traer dos y un botiquín de primeros auxilios, para eso se hace la revista".
El especialista explicó que estos requerimientos forman parte de la inspección física y mecánica a la que deben someterse las unidades antes de circular.
"Lo establece el Reglamento de la Dirección General de Transporte, que es la encargada de hacer la revista. Son los requisitos que debe de presentar la unidad, físico y mecánicamente, la revisión en donde incluso los taxis también deben de presentar un extintor".
Gerardo Veneroso lamentó que, a pesar de las revisiones y del reordenamiento del sector, sigan circulando unidades en condiciones deficientes o fuera de modelo.
"Es lamentable que en pleno 2026 y después de haber hecho un reordenamiento de autobuses y de camiones urbanos, exista este tipo de cosas, porque por los modelos ya no deberían de operar y deben de cumplir con la capacidad de tener extintor y botiquín de primeros auxilios".
El abogado subrayó que la sola presencia de un extintor no garantiza la seguridad si los choferes no saben utilizarlo.
"Definitivamente, independientemente de los elementos que aporte, debe de haber capacitación para el conductor, porque a veces de nada serviría tener un extintor si no existe la capacitación entre los conductores".
Aunado a ello, señaló que en momentos de siniestro suele prevalecer el pánico por la falta de preparación y se suma el problema del exceso de pasajeros:
"Son momentos de accidente en el que no estamos preparados porque no tenemos la capacitación. Nos pasa como con el tema de los sismos: no toda la gente tiene la capacitación, mucha gente se pone nerviosa, mucha gente grita, mucha gente corre y pasa lo mismo en un accidente. Lo que también hay que ver es el tema de la capacidad de los usuarios, porque vienen exageradamente llenos; en el camión a veces traen hasta 100 almas y algunas colgando de las puertas".
Cuestionado sobre si existen sanciones para concesionarios tras incidentes donde las unidades resultan calcinadas, explicó que la autoridad competente para vigilar el cumplimiento es la Dirección General de Transporte Público.
"La autoridad competente es la Dirección General de Transporte Público y al momento del reordenamiento incluye también la revista, el tema de llantas, seguridad y contaminación, es todo lo que se ve de forma integral en la revista".
Respecto a casos de pérdida total por fuego, indicó que no suele haber una sanción económica o administrativa específica, aunque sí la obligación de sustituir la unidad:
"Desafortunadamente no hay sanción. Afortunadamente no hubo pérdidas humanas, pero el tema de la concesión sí requiere que metan una unidad nueva en este momento, pero no habría ningún tipo de sanción porque por el tipo de accidente fue pérdida total".
Finalmente, Veneroso recordó que la exigencia de contar con extintor y botiquín no es exclusiva de los autobuses, sino que abarca también a los taxis.
"El taxi debe de traer un extintor y un botiquín... Pasaron varios vehículos el día del incendio de un camión de pasaje en Boca del Río, tanto particulares como taxis, y nadie se acercó con un extintor —que yo debo de traer— para auxiliar a una persona que le pasó un siniestro o un conato de incendio".
Cabe señalar que en el Artículo 67, apartado III del REGLAMENTO DE LA LEY DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ e establece lo siguiente:
III.- Llevar consigo llanta de refacción, que pueda ser agrícola. M.- Falta de faros delanteros en tractor usada en caso de emergencia, la herramienta complementaria tractor para pequeñas reparaciones. Adicionalmente los vehículos de servicio público de carga y del pasaje, deberán llevar botiquín de primeros auxilios y extinguidor.