Actualmente, si se enfrenta una orden de aprehensión por un delito con prisión preventiva oficiosa, se puede solicitar un amparo para que no ser detenido mientras se resuelve, tras una resolución de Tribunales Colegiados, informó el abogado y presidente de la organización Perteneces A. C, José Mario De la Garza.
Explicó que lo anterior acaba de resolverse por parte de los Tribunales Colegiados: "¿Qué cambia en la vida real? Todo. Antes, te detenían primero y luego peleabas tu defensa desde la cárcel. Hoy, con una buena estrategia de amparo, puedes enfrentar el proceso en libertad, con medidas como firmar periódicamente o dejar garantía. El proceso sigue, pero sin que el Estado te capture de entrada. Esto es la diferencia entre llegar a defenderte libre o llegar esposado. Y en materia penal, esa diferencia muchas veces define todo el caso", detalló.
La resolución ocurre luego de que una empresa que presta servicios de internet promovió un juicio de amparo en contra de la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial que le ordenó bloquear el acceso a un sitio web que permite descargar películas en forma no autorizada. También reclamó los artículos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor en los que se fundó aquella resolución.
El Juez de Distrito negó el amparo porque las normas reclamadas no invaden la autonomía regulatoria del extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones y porque la medida cuestionada se justifica por la protección de los derechos autorales.
Los argumentos de la quejosa no combatían la totalidad de las razones por las cuales el Juez de Distrito negó el amparo.
En la materia de la revisión, en competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se confirmó la sentencia recurrida, se negó el amparo contra la norma legal reclamada y se reservó jurisdicción al Tribunal Colegiado de Circuito, pero la medida no puede aplicarse de forma retroactiva.
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Foto: Foro Jurídico