Una decisión que podría afectar directamente el bolsillo de miles de trabajadores jubilados está tomando forma en los pasillos del máximo tribunal del país. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para discutir un proyecto que apuntaría a confirmar que los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bajo su régimen contractual no tendrían derecho a retirar de una sola vez los fondos acumulados en su cuenta de cesantía y vejez dentro de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).
La resolución, si se aprueba en los términos que perfila el proyecto, representaría un duro golpe para quienes durante años cotizaron con la expectativa de disponer de ese dinero al momento de retirarse.
Para entender el peso de esta discusión, hay que tener claro de qué estamos hablando. Cuando un trabajador cotiza al IMSS, una parte de sus aportaciones va directo a una cuenta individual administrada por su Afore. Dentro de esa cuenta existen distintas subcuentas, entre ellas la de cesantía en edad avanzada y vejez, que es precisamente la que acumula recursos destinados al retiro.
Ahora bien, los trabajadores que se jubilan bajo el régimen contractual del IMSS —es decir, aquellos empleados del propio instituto que gozan de condiciones especiales negociadas colectivamente con el sindicato— reciben ya una pensión establecida por ese contrato colectivo de trabajo. Y ahí está el nudo del asunto: la Corte estaría a punto de confirmar que, al tener garantizada esa pensión contractual, no procede que también cobren en un solo pago lo acumulado en su Afore por los conceptos de cesantía y vejez.
Dicho de otra forma: el dinero que cotizaron durante años podría quedarse sin poder ser reclamado de forma inmediata y en una sola exhibición.
El proyecto que analizará la SCJN no parte de cero. Según la información disponible, lo que se discute es la confirmación de un criterio que ya ha sido sostenido en instancias previas, en el sentido de que los jubilados bajo este régimen especial no reúnen los requisitos necesarios para acceder al retiro en una sola exhibición de esos fondos.
La lógica jurídica detrás del argumento es que la ley distingue entre quienes se jubilan sin una pensión garantizada y quienes ya cuentan con una prestación contractual que cubre su retiro. Para estos últimos, la figura del retiro en una sola exhibición de la subcuenta de cesantía y vejez estaría reservada para casos distintos al que ellos representan.
Sin embargo, desde la perspectiva de los trabajadores afectados, la situación se percibe como profundamente injusta: ellos aportaron ese dinero, está a su nombre, y sienten que les pertenece independientemente de cualquier otra prestación que reciban.
La discusión en la Suprema Corte no será sencilla. Se trata de una materia en la que confluyen derechos laborales, derechos de seguridad social y principios constitucionales sobre el acceso a la propiedad de los fondos de retiro. Los ministros tendrán que sopesar si la normativa vigente es suficientemente clara, o si existe una laguna jurídica que deja en estado de indefensión a estos trabajadores.
No es un tema menor si se considera que el IMSS es uno de los empleadores más grandes del país y que su planta laboral está integrada por decenas de miles de trabajadores que eventualmente llegarán a la jubilación bajo las mismas condiciones contractuales.
Lo que resuelva la SCJN podría sentar un precedente que marque el camino para futuros casos similares, no solo al interior del instituto, sino potencialmente en otros organismos públicos con regímenes contractuales parecidos.
En términos prácticos, los principales afectados por esta resolución serían:
De confirmarse el proyecto, estos trabajadores verían limitada su capacidad de disponer libremente del dinero que acumularon durante su vida laboral, al menos bajo la figura del retiro en una sola exhibición que contempla la Ley del Seguro Social.
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