El Senado de la República declaró constitucional la minuta con proyecto de decreto que reforma las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reducción de la jornada laboral.
Durante la sesión ordinaria, se realizó la declaratoria de la reforma que reducirá paulatinamente y hasta el 2030 la jornada laboral a sólo 40 horas a la semana; pero que no incluye la obligatoriedad de dos días de descanso semanal para millones de trabajadores.
Previamente la Cámara de Diputados también lo hizo este martes, por lo que el decreto fue remitido a Diario Oficial de la Federación para su publicación.
La reforma, que fue aprobada antes por senadores y diputados recibió el aval de la mayoría de los congresos estatales, por lo que emitió su declaratoria y la envió a la Cámara alta.
Mariela Gutiérrez, secretaria de la Mesa Directiva del Senado, realizó el conteo de los 23 congresos estatales que ratificaron la reforma presidencial que plantea que a partir de 2027 iniciará la reducción escalonada: 46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 horas en 2030.
Entre estos, los parlamentos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guanajuato, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca.
Así como las legislaturas de Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y de la capital Ciudad de México.
Con lo aprobado, se determina que la jornada laboral será de 40 horas semanales y que su aplicación será gradual hacia 2030, en un modelo donde, por cada seis días de trabajo, las personas trabajadoras deberán disfrutar de por lo menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un 100 % más de lo fijado para las horas ordinarias a partir de 2027.
De acuerdo con los nuevos lineamientos, el trabajo extraordinario no deberá exceder las 12 horas en una semana y podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.
De prolongar el tiempo extraordinario, los empleadores deberán pagar 200 % más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria.
Además, la jornada prohíbe trabajar tiempo extraordinario a las personas menores de 18 años.
Para su oficialización, aún falta que el Senado apruebe esta misma declaratoria de constitucionalidad y que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Una vez publicada, la reforma entrará en vigor al día siguiente y el Congreso tendrá 90 días para emitir las leyes secundarias.
Un análisis de la Universidad Panamericana compartido este martes advirtió de cuatro principales retos, en lo que calificó como uno de “los cambios estructurales más relevantes para el mercado laboral y el entorno empresarial”.
Entre ellos, identificó, el incremento de costos laborales al reducir horas sin modificar el salario; la necesidad de ampliar la plantilla para cubrir turnos y garantizar la operación.
Además, la presión por un margen financiero reducido que podría propiciar la informalización de las relaciones laborales, y la reorganización del trabajo con riesgo de caer en una intensificación laboral.
Con información de EFE/Foto: Archivo/atf