El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió de manera categórica los rumores que circulaban en redes sociales y algunos medios de comunicación sobre una supuesta autorización para que su personal porte armas de fuego.
A través de una tarjeta informativa, el SAT aclaró que su personal no está facultado para portar armamento y que no se han modificado sus atribuciones actuales tras la reciente aprobación en el Congreso del decreto para fortalecer el control sobre las armas en México.
La institución explicó que cuenta con una licencia colectiva emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), pero esta es exclusiva para servicios de seguridad privada en bienes, es decir, se limita a la protección de instalaciones y edificios del SAT mediante empresas de seguridad certificadas.
“Es necesario precisar que esta institución cuenta con licencia autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional, única y exclusivamente en la modalidad de ‘Seguridad privada en los bienes’”, señaló el SAT.
Asimismo, enfatizó que el uso de armamento no está permitido para personal administrativo ni operativo, por lo que es falso que los trabajadores del SAT puedan portar armas como parte de sus funciones.
Con esta aclaración, el SAT busca frenar la desinformación y reiterar su compromiso con el cumplimiento de la ley y la transparencia institucional.
Fuente: El Universal
Foto: Armas.es