Consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) avalaron incluir la prohibición de promoción anticipada para los aspirantes a candidaturas de Poder Judicial o juzgadores en funciones con pase automático a la boleta.
Así, se podría frenar el proselitismo anticipado que realizan actualmente tres ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como magistrados y jueces que buscan reelegirse en el cargo.
En la discusión del catálogo de infracciones para el proceso judicial, el consejero Arturo Castillo advirtió que éste dejaba fuera a “potenciales infractores”, como son los aspirantes que están siendo evaluados por los Comités del Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo y los juzgadores en funciones que, en automático, aparecerán en la boleta.
Expuso, por ejemplo, se prohíbe "la realización de actos de campaña antes del periodo establecido por la ley para tal efecto", y aclaró que esto sería entre el 12 de febrero y el 30 de marzo que inician las campañas.
Y apuntó: “Pero (esto) ya no aplicaría al periodo de selección de esas candidaturas que empezó desde el año pasado, y por ende, pondría en riesgo la equidad entre los aspirantes a estas candidaturas. Sería importante incluir como sujetos de posible infracción a los aspirantes a alguna candidatura. ¿Esto por qué? Porque así haríamos efectiva la prohibición de realizar precampañas".
La consejera Claudia Zavala respaldó la postura de Arturo Castillo y pidió modificar el documento para que quede claro que por “aspirantes” se refieren a los juzgadores en funciones como magistrados, ministros o jueces, que pasaron automáticamente porque manifestaron su voluntad de ser inscritos en la boleta.
Con ello, los aspirantes como los candidatos tendrán prohibido realizar actos anticipados de campaña, contratación de espacios en medios electrónicos, encuestas o incluso en medios “físicos, impresos o digitales” para moverse.
Difusión de propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia o que vulnere el interés superior de la niñez, que no esté en materiales impresos, reciclados o dañe el medio ambiente; realizar proselitismo de cualquier tipo en el territorio extranjero, de manera personal o por terceros; y cometer actos de violencia política de género.
El catálogo añade: "La entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona".
Dicho documento, con las modificaciones, fue avalado por los tres integrantes de la Comisión, pero será discutido por el Consejo General la semana próxima.
Fuente: Reforma / Foto: Archivo / JAC