Durante la discusión de las leyes secundarias de la reforma electoral se reveló que no había concordancia en la elección de la presidencia de la Suprema Corte, por lo que la Consejera Jurídica de la Presidencia de la República, Ernestina Godoy explicó, la situación.
“Eso se resuelve con un artículo transitorio”, afirmó la titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, además de indicar que se implementará el artículo décimo segundo, el cual establece lo siguiente: “Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto”.
“No hay ninguna confusión, no hay ninguna posibilidad de dar otra interpretación, así que es totalmente válida la reforma y queda claro cómo vamos a nombrar a la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia”, aseveró.
Por su parte, el exministro Arturo Zaldívar comentó que hay dos maneras de resolverse: a través de un criterio interpretativo o una forma legislativa, que es la que se aplicó esta vez.
“Las dos normas, la que establece que la Presidencia de la Corte se va a elegir de manera rotativa de acuerdo al número de votos y el artículo que prevé que es cada cuatro años resuelven la misma problemática, sin embargo, la regla de dos años viene de la reforma constitucional reciente y el otro precepto deriva de la Reforma Judicial de 1994, consecuentemente ley posterior deroga a ley anterior”, explicó.