Senado debe convocar a periodo extraordinario para elegir comisionado del INAI, ratifica tribunal

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Un tribunal federal confirmó este jueves que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión tiene que convocar a un periodo extraordinario de sesiones del Senado de la República para designar a uno de los tres comisionados pendientes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Fue el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa el que declaró infundados los recursos de queja de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado y de la Comisión Permanente, que buscaban revocar la suspensión concedida el pasado viernes por la juez federal Celita Quintero Rico.

Sin necesidad de debate, los magistrados Humberto Suárez Camacho y Óscar Palomo Carrasco, así como Liliana Delgado, jueza en funciones de Magistrada, confirmaron por unanimidad la orden de Quintero Rico.

Humberto Suárez, quien presentó el proyecto de sentencia, detalló que la jueza no se excedió en sus atribuciones, y que fue correcto conceder la suspensión ante la omisión de la Cámara alta para hacer el nombramiento de una vacante que se ha prolongado más de un año.

La jueza ordenó: "Se concede la medida cautelar para el efecto de que, en el plazo de tres días a partir de la notificación de esta determinación, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Senadores, elabore la propuesta de los candidatos al puesto de Comisionado por lo que hace a la segunda vacante de dicho puesto del INAI".

Añadió que, “hecho lo anterior, dentro del plazo de tres días la Comisión Permanente del Congreso de la Unión lleve a cabo los actos que le permitan convocar a la Cámara de Senadores a un periodo de sesiones extraordinarias, con la finalidad de que se someta a su conocimiento la propuesta respectiva".

Los plazos corren en días hábiles, por lo que, para la siguiente semana, o a más tardar la siguiente, ya tendría que estar publicada la convocatoria para el periodo extraordinario.

Cabe señalar que basta nombrar a un solo comisionado o comisionada para que el Pleno del INAI, detenido por falta de quórum desde el 1 de abril, pueda volver a sesionar, y se requiere el voto de tres quintas partes de los senadores para avalar el nombramiento.

 

Fuente: Reforma / Foto: Archivo / JAC

Editor: Redacción xeu
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