Invalida Corte “derecho a la vida” añadido en Constitución de Nuevo León en gobierno de ‘El Bronco’

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el llamado “derecho a la vida”, que fue añadido en la Constitución de Nuevo León a través de un decreto durante el gobierno de Jaime Heliodoro “N” ‘El Bronco’.

En la sesión del Pleno de este jueves, 10 de los 11 ministros se pronunciaron por declarar la invalidez de una porción normativa del artículo 1, párrafo segundo, de la Constitución Política de Nuevo León.

El párrafo señala:

“El Estado reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene. Desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural, sin perjuicio de las excluyentes de responsabilidad previstas en el Código Penal para el Estado de Nuevo León”.

Dicho proyecto, elaborado por la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel, determinó que la porción normativa inconstitucional que fue publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 11 de marzo de 2019, es: "desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”.

Al explicar que dos conceptos hacen inválida esta porción normativa, la ministra Esquivel Mossa detalló que los Congresos locales no tienen competencia legal para definir el derecho a la vida y en específico cuándo comienza ésta, así como “la noción de persona para efectos de su protección para el Estado”.

Yasmin Esquivel apuntó que el segundo punto corresponde a “la restricción que implica a los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes que se reconozca la protección de la vida desde su concepción”.

Al respecto, la ministra Loretta Ortiz fijo que es y seguirá siendo deber constitucional de la Suprema Corte otorgar la protección “más amplia y progresiva” de los derechos humanos de todas las mujeres y personas gestantes, “a fin de eliminar barreras estructurales y legales que han impedido el goce absoluto, pleno y libre de los derechos fundamentales, sexuales y reproductivos".

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, el único que votó en contra de declarar inconstitucional el llamado derecho a la vida, argumentó que la inclusión de ese concepto en la Constitución estatal no limitaba por sí mismo el derecho de las mujeres a elegir, ni de su libertad sexual y reproductiva.

“El reconocer el derecho a la vida desde la concepción no significa de manera automática e inevitable que se afecten los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres porque pueden coexistir”, manifestó el ministro.

 

Fuente:Milenio/Foto:Archivo/JAC

Editor: Redacción xeu
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