Juez concede amparo contra Conacyt; ordena instalar a 3 académicos

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El pasado 9 de febrero fue publicada la sentencia del amparo indirecto 685/2020 que promovió Gloria Soberón Sánchez en el mes de agosto del 2020 por el desconocimiento que hizo el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) de tres investigadores representantes del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), que fueron electos para formar parte de órganos de toma de decisión en el sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación, sin que les explicaran motivos.

Fue Gabriel Regis López, juez decimosexto de distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito, quien concedió favorablemente el amparo en el que “se ordena a Conacyt reconocer el carácter de Gloria Soberón como representante electa del Sistema Nacional de Investigadores (SIN) para el periodo 2018-2021”.

El objetivo de este fallo es que la académica forme parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT) y Consejo de Aprobación, ahora Consejo General.

En un comunicado, firmado por Gloria Soberón y los investigadores Ricardo Pozas Horcasitas y Roberto Leyva Ramos, señalan:

A. Se ordena a CONACyT reconocer el carácter de Gloria Soberón como representante electa del SNI para el periodo 2018-2021, a efecto de formar parte de la Mesa Directiva del FCCyT y Consejo de Aprobación - ahora Consejo General- para el periodo 2018-2021. Carácter que le fue desconocido en el Procedimiento de ingreso o permanencia en el Sistema Nacional de Investigadores 2020 con lo que se atentó a toda la comunidad SNI.

B. Se ordena a CONACyT informe el nombre y apellido de las personas que fungieron como representantes de los investigadores en el Procedimiento de Ingreso o permanencia en el Sistema Nacional de Investigadores 2020, si es que los hubo, así como las razones del desconocimiento de los representantes SNI electos.

C. Se declara la inconstitucionalidad del artículo 3º, último párrafo del Estatuto Orgánico de CONACyT que prohíbe formar parte de órganos colegiados a aquellas personas que tengan procedimientos o litigios pendientes en contra de CONACyT.

 

Fuente:Comunidad de Ciencia, Tecnología e Innovación/Foto:Archivo/JAC

Editor: Redacción xeu
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