Un Tribunal Colegiado rechazó amparar al empresario chino Zhenli Ye Gon, quien buscaba echar abajo el auto de formal prisión dictado en su contra por su presunta responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por más de nueve millones de dólares.
Cabe recordar que el 25 de julio del 2019, el Tercer Tribunal Unitario en Material Penal, confirmó el auto de formal prisión emitido por un juez de Distrito. Zhenli Ye Gon interpuso un amparo, aunque el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal le negó la protección de la justicia.
Por lo anterior, interpuso un recurso de revisión que fue radicado en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal, en el que alegó que está siendo juzgado dos veces por el mismo delito, que la Procuraduría General de la República violó el secreto actuario porque actuó en su contra sin contar con una orden judicial y que no se tomó en cuenta el desistimiento del principio de especialidad manifestado por el gobierno de Estados Unidos.
De manera unánime, los magistrados del Tribunal Colegiado establecieron que el auto de formal prisión no constituye una violación al derecho a la privacidad tutelada por el artículo 16 de Constitución.
Señalan que tampoco está siendo juzgado dos veces por los mismos hechos, ya que se le está procesando por hechos distintos con hipótesis diferentes.
El Tribunal Colegiado señaló que el magistrado del Quinto Tribunal Unitario negó la protección porque tuvo por comprobado que durante el periodo del 16 de febrero al 19 de septiembre del 2005, Zhenli Ye Gon, como representante legal y accionista de Unimed Pharm Chem México, S.A de C.V., probablemente adquirió mediante transferencias el importe de nueve millones 413 mil 342 dólares, con conocimiento de que provenían de actividades ilícitas, de los cuales 900 mil dólares, incluso, se desconoce el beneficiario.
Magistrados indican que el Tribunal Unitario de amparo tuvo por demostrada la existencia de indicios suficientes, de que los recursos adquiridos eran producto de una actividad ilícita, y que el empresario chino tenía conocimiento de ello.
El Tribunal Colegiado apuntó que la resolución del magistrado fue apegada a derecho.
Fuente:Milenio/Foto:Archivo/JAC