La gobernadora Norma Rocío Nahle García expidió un decreto por el que se otorgará un beneficio fiscal equivalente al 3.55 por ciento, respecto de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el pago de los derechos de control vehicular, placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral; asi como licencias de conducir tipo C y D del servicio particular.
En el decreto, la gobernadora detalla que "he considerado necesaria la aplicación de un beneficio fiscal durante el presente ejercicio fiscal, en materia Derechos de Control Vehicular, placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral; asi como licencias de conducir tipo C y D del servicio particular, sobre estas contribuciones, como una medida proporcional, razonable y socialmente responsable, orientada a mitigar el impacto económico del incremento anual, sin comprometer la estabilidad financiera del Estado".
Lo anterior se debe a que con el aumento de la UMA el pasado 1 de febrero, todos los impuestos también sufrieorn un alza en sus costos.
Es por ello, que el gobierno decidió ortorgar "beneficio fiscal equivalente al 3.55% porcentual respecto de la UMA, en el pago de los Derechos de. Control Vehicular, durante el ejercicio fiscal 2026, a los contribuyentes que realicen el pago en la presente anualidad, siempre que se cumpla con las siguientes condiciones:
ARTÍCULO SEGUNDO. Se otorga un beneficio fiscal equivalente al 3.55% porcentual respecto de la UMA, a las personas fisicas y morales propietarias de unidades que realicen el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, en el presente ejercicio fiscal.
ARTiÇULO TERCERO. Se otorga un beneficio fiscal equivalente al 3.55% porcentual respecto de la
UMA, en el pago de los Derechos por la expedición de licencia tipo C para conducir automóviles y motocicletas de servicio particular y licencia tipo D para conducir vehículos de dos o más ruedas, respecto del ejercicio fiscal 2026, a los contribuyentes que realicen el pago en el presente ejercicio fiscal.
El Gobierno del Estado de Veracruz precisa que en caso de no cumplirse con los requisitos previstos en el presente Decreto, los beneficios fiscales referidos serán inaplicables en el ejercicio fiscal que transcurre.