¿Quiénes pueden acceder a información bancaria sin orden judicial?

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Por: Alexandra Burch
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Las fiscalías estatales no podrán acceder a información bancaria sin orden judicial previa, como los estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al respecto, el abogado fiscalista Pablo Gutiérrez, recordó de la existencia del 'secreto bancario', que está establecido en la ley de instituciones de crédito, que es un derecho a que la información de los cuentahabientes sea confidencial. 

En entrevista para XEU Noticias, Gutiérrez Reyes indicó que esta información los bancos no se la pueden dar a nadie, únicamente los titulares de las cuentas, representantes legales o beneficiarios.

Sin embargo, el secreto bancario tiene ciertas excepciones, es decir, que exista una orden judicial.

"La mayor excepción de todas es que haya una orden judicial, que un juez lo ordene para lo que sea necesario, por un juicio, porque es parte de una investigación, etc", explicó.

El fiscalista indicó que las otras excepciones sin orden judicial es cuando la Fiscalía General de República, la Secretaría de Hacienda, Autoridades Fiscales o Fiscales Estatales soliciten la información, que es lo que discutió la Corte.

"Hasta el día de hoy el artículo decía que ellos no necesitaban orden judicial, pero lo que resolvió la Corte es que si necesitarán esa orden judicial para poder obtener esa información, porque la Corte consideró que se violaba la confidencialidad", puntualizó.

Precisó que los únicos que pueden pedir información bancaria sin orden judicial es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues se considera que por sus funciones, no violan el secreto bancario.

Agregó que esto no es una reforma de ley, sin embargo, la Corte tiene la facultad de establecer la constitucionalidad o inconstitucional toda la ley o bien solo una parte, como ocurrió en este caso.

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