¿Ya no tendrás que ir al notario? Esto cambiará con el nuevo Código Civil y Familiar

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Por: Inés Tabal
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La entrada en aplicación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares representará nuevos retos para los notarios, abogados y ciudadanos, principalmente por la incorporación de herramientas digitales y procedimientos que buscan agilizar el acceso a la justicia.

El abogado especialista en materia civil y familiar, Alfredo Liceaga Godínez, explicó que aunque el nuevo código ya fue publicado, cada entidad federativa determinará las fechas para su aplicación, dentro del plazo establecido por la legislación.

Señaló que uno de los principales cambios será la unificación de procedimientos, formas y tiempos que actualmente se encuentran regulados por legislaciones estatales.

“Este nuevo código ya tiene conceptos muy vanguardistas, como lo son la digitalización de documentos, como lo es la firma electrónica avanzada, la firma electrónica simple”, explicó.

Liceaga Godínez destacó que estos cambios obligarán al notariado a mantenerse actualizado, debido a que el nuevo marco legal contempla herramientas relacionadas con la tecnología, como la cadena de datos y las periciales en materia informática.

Consideró que esta transformación puede permitir que la sociedad tenga un acceso a la justicia más rápido y eficaz, además de brindar mayor certeza jurídica en los actos que se realicen ante un notario.

Firmas electrónicas permitirán plasmar la voluntad a distancia

Uno de los aspectos que podrían facilitar diversos procedimientos es el uso de la firma electrónica avanzada, ya que permitiría a una persona plasmar su voluntad para realizar determinados actos jurídicos sin tener que acudir personalmente, siempre que el procedimiento y las condiciones legales lo permitan.

El abogado explicó que el nuevo código contempla dentro de las jurisdicciones voluntarias procedimientos como el nombramiento de tutores y curadores de menores, la restitución nacional de niños y el procedimiento de desaparición de personas.

“En alguna de estas jurisdicciones voluntarias podríamos pensar que ya el solicitante por alguna circunstancia de fuerza mayor o personal que no pudiera ocurrir personalmente, sí podría plasmar su voluntad por conducto de su firma electrónica avanzada”, señaló.

Sobre la seguridad de este mecanismo, indicó que la firma electrónica avanzada está vinculada con datos biométricos y produce efectos jurídicos equivalentes a los de una firma autógrafa.

El catálogo de trámites podría ampliarse

Liceaga Godínez explicó que otro aspecto relevante es que el código contempla un catálogo de jurisdicciones voluntarias que no necesariamente sería limitativo.

Esto significa que podrían realizarse otros actos jurídicos bajo esta vía, siempre que se cumplan las condiciones establecidas y, principalmente, no exista controversia o conflicto entre las partes.

“El mismo código nos abre la puerta a que siempre y cuando no exista controversia, no exista conflicto entre las partes, puede ser una jurisdicción voluntaria y puede ser tramitada ante el notario público a elección del solicitante”, afirmó.

De esta manera, el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares plantea una transformación en la función notarial, con mayor incorporación de herramientas digitales y nuevos procedimientos que deberán ser conocidos tanto por los fedatarios como por abogados y ciudadanos.

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