¿Qué resolvió la SCJN sobre las pensiones y a quiénes afecta?

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Por: Joel Cruz
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una contradicción de tesis entre tribunales federales sobre las pensiones para  los trabajadores de la llamada “generación de transición” que ha generado confusión y controversia a nivel nacional por la interpretación que se le ha dado.

¿Pero qué resolvió el máximo tribunal del país y a quiénes repercute?

Sebastián Patiño, abogado especialista en Derecho de la Seguridad Social, explicó a XEU que no se trata de un tema novedoso ya que en dos ocasiones anteriores (2010 y 2016) la SCJN se había pronunciado sobre el tope de pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Lo que en esta ocasión analizó la SCJN fue un tema estrictamente jurídico sobre aquellos trabajadores que se encuentran en el régimen de transición del IMSS, es decir, quienes cotizaron al amparo de 1973 y al entrar la nueva (de 1997) seguían cotizando por lo cual cotizan "a caballo".

La de 1973 establecía en su artículo 33 que la base para calcular las pensiones debía considerar 10 salario mínimos y la de 1997 señala que debe ser de 25 salarios mínimos.

¿Entonces qué pasa con los trabajadores que antes cotizaron con 10 salarios mínimos pero entrando en vigor la nueva ley empezaron a cotizar con 25 y esperan que cuando se pensionen el IMSS les tome como base 25 salarios mínimos?

"Pues la Corte lo que aclaró es un tema estrictamente jurídico en donde dice que si tú escoges el régimen de la ley anterior para pensionarte, también tienes que acogerte a las reglas de ese régimen, y esas reglas dicen que 10 salarios mínimos es el tope, pues te quedas en 10 salarios mínimos".

Eso no quiere decir que la cantidad que importen 10 salarios mínimos es lo que el IMSS pagará de pensión, o que se vayan a disminuir en un 40 por ciento, porque en realidad la pensión se calcula en una fórmula con diversos factores y uno de ellos es el promedio de cotización de los últimos cinco años.

A quienes cotizaron con 25 salarios mínimos pero optan por la ley de 1973 ¿en dónde quedó el resto de salarios?

"Esa es la gran pregunta que todos tenemos; sería incorrecto que yo te dijera que es un dinero que desapareció" porque el sistema de pensiones es muy complejo.

Lo "cierto" es que el sistema de 1973 se regía con el principio de "solidaridad" el cual significa que los trabajadores jóvenes al pagar sus cuotas estaban sufragando las pensiones de los mayores.

"Entonces los viejos se pensionaban con lo que los jóvenes aportaban y así sucesivamente", pero el incremento de la masa trabajadora y la expectativa de vida hicieron insostenible el sistema en términos generales" por lo que entró en vigor la nueva ley de 1997.

¿A quiénes aplica lo que resolvió la SCJN?

Aplicará solo a los trabajadores que vayan a juicio y cuando estén en el proceso el tribunal responsable hará valer el criterio que la SJCN interpretó.

Se trata de un mínimo porcentaje el que podría salir afectado porque repercute a quienes ganen más de 11 salarios mínimos diarios y hasta 25.

 

 

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