El Congreso de Veracruz aprobó este jueves, con 38 votos a favor, nueve en contra y una abstención, una reforma al artículo 78 de la Constitución Política del Estado que elimina la declaración de procedencia para presidentes municipales, síndicos y presidentes de Concejos Municipales.
Con esta modificación, las autoridades competentes podrán iniciar y continuar procedimientos penales contra quienes ocupen estos cargos sin que previamente se requiera la autorización del Congreso del Estado para retirar la inmunidad procesal.
La iniciativa fue propuesta por La gobernadora Rocío Nahle y plantea retirar a las autoridades municipales del listado de servidores públicos que actualmente requieren que el Congreso determine, mediante las dos terceras partes de sus integrantes, si ha lugar a proceder penalmente en su contra.
De acuerdo con el dictamen aprobado, la reforma aplicará a quienes ocupen las presidencias municipales, las presidencias de Concejos Municipales y las sindicaturas.
Actualmente, el artículo 78 contempla a las presidencias municipales, sindicaturas y Concejos Municipales entre los cargos sujetos a declaración de procedencia. La Constitución vigente establece que esta determinación corresponde al Congreso por las dos terceras partes de la totalidad de sus integrantes.
Con la reforma aprobada, este requisito dejaría de aplicarse a las autoridades municipales, por lo que una investigación o procedimiento penal podría continuar sin pasar previamente por el Poder Legislativo.
El Congreso precisó que la eliminación de la declaración de procedencia no implica que una autoridad municipal sea considerada responsable de un delito.
La eventual responsabilidad penal deberá determinarse dentro del proceso correspondiente, con respeto a la presunción de inocencia, derecho de defensa, debido proceso y derechos de las víctimas.
La modificación constitucional todavía no entra plenamente en vigor, debido a que deberá ser sometida a consideración de los 212 ayuntamientos de Veracruz.
Los cabildos deberán votar el decreto y comunicar su resolución al Congreso. De acuerdo con lo establecido en el propio proceso de reforma, los municipios tendrán 30 días naturales para informar su decisión; si alguno no responde dentro de ese plazo, su voto será considerado favorable.
Una vez concluido este procedimiento y reunidos los requisitos constitucionales, el decreto podrá continuar con el proceso de promulgación y publicación correspondiente.
Además, el Congreso contará con 60 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias a la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás disposiciones relacionadas.
La reforma aprobada se limita a las autoridades municipales. La declaración de procedencia continuará contemplada para otros servidores públicos, entre ellos:
Durante el debate, el diputado Héctor Yunes Landa cuestionó la reforma y sostuvo que la eliminación de la declaración de procedencia podría ser utilizada para ejercer presión política contra presidentes municipales y síndicos.
En contraste, el diputado del PVEM Carlos Marcelo Ruiz Sánchez respaldó el dictamen y señaló que, ante una denuncia por un posible delito cometido por una autoridad municipal, el procedimiento debería ser similar al aplicable a cualquier ciudadano.
Por su parte, la diputada de Movimiento Ciudadano Elena Córdova Molina cuestionó que la modificación no incluya a todos los servidores públicos y señaló que la declaración de procedencia permanecería para otros cargos.
Con la aprobación en el Congreso, la reforma al artículo 78 inicia ahora el proceso de validación por parte de los ayuntamientos de Veracruz, antes de que pueda entrar plenamente en vigor.
Con información de AVC