Así puedes tramitar un amparo para evitar vincular línea telefónica con la CURP

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Desde el pasado 9 de enero y hasta el 30 de junio, los usuarios deben vincular su línea telefónica con la CURP.

En entrevista para XEU Noticias, el abogado Armando Pacheco, considera que habrán varias personas y empresas que tramiten un amparo, ya que a su consideración, esto no garantiza la seguridad para el usuario en el manejo de su información.

Puntualizó que sí se puede tramitar un amparo, pero reconoce que sería algo complicado, debido a que existen más obstáculos para poder aplicarlo.

Agregó que una de las características de la reforma es que ya no existe una figura de amparo para todos, pero si un usuario está interesado en obtener la protección de sus datos, debe de acercarse a su abogado de mayor confianza que sepa de amparos.

¿Cuál es el proceso que requiere un usuario de telefonía para poder ampararse? 

"Primero va a tener que acreditarse el usuario de telefonía. Se va a acreditar teniendo una línea telefónica, es algo simple y realizar una copia de su identificación para vincular a la persona".

Recordó que el Artículo 108 de la Ley de Amparo, establece todos los requisitos que se deben de cumplir para poder tramitarlo y que lo aconsejable, es ser asesorado por un experto en la materia.

Detalló que una vez interpuesta la demanda, el juez de distrito tiene 24 horas para emitir la declaratoria de suspensión provisional, pero se puede extender de 48 a 72 horas, dependiendo la carga de trabajo.

Finalmente, enfatizó que el beneficio más grande que tendrá el usuario en caso de ganar el amparo, es la salvaguarda de sus datos personales.

Editor: Javier Domínguez
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