En la sesión de este lunes 12 de enero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó, por unanimidad, el decreto que extinguió 109 fideicomisos y fondos públicos, el cual fue publicado en 2020 por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.
El Pleno de la Corte consideró que la desaparición de dichos fideicomisos no afectó las facultades de los gobiernos que lo impugnaron, por lo que delararon infundadas las controversias constitucionales promovidas por los entonces mandatarios estatales de oposición de los estados de Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nuevo León y Tamaulipas.
En su ponencia, el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García propuso declarar infundados los alegatos de los gobiernos estatales, y durante la presentación del caso reprochó a la anterior integración de la SCJN por no resolver las controversias.
Fue así como la magistrados del máximo tribunal del país resolvieron que la publicación de decreto no vulneró las competencias de los estados que impugnaron y, mucho menos, la división de poderes.
Sin embargo, hasta la fecha la SCJN no se ha pronunciado de fondo sobre la desaparición de los fideicomisos y fondos violó o no derechos humanos.
El ministro ponente explicó que la controversia constitucional no comprende calificar las políticas públicas, sino verificar el respeto a la división de poderes y al federalismo.
Fuente: Excélsior/Foto: Archivo/atf