El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó poner límites a las facultades sancionadoras del Instituto Nacional Electoral (INE).
Con una mayoría de siete votos, los magistrados del máximo tribunal del país echaron abajo la propuesta de Lenia Batres.
La discusión del tema se derivó del análisis de un proyecto elaborado por Batres Guadarrama, en la contradicción de criterios 1/2024 entre el Pleno de la Corte y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La ministra Lenia Batres hizo referencia, sin mencionarlo directamente, al supuesto fraude electoral en contra de Andrés Manuel López Obrador, en 2006.
“En nuestro país ha habido escándalos de fraudes electorales que tienen muchísima evidencia, en el que la autoridad electoral ha definido no abrir una sola casilla y, es más, destruir el material comprobatorio en lugar de dejar transparencia en esos casos”, expresó la hermana del morenista Martí Batres, director del Fovissste.
En su proyectol la togada afirmó que el órgano electoral ha sido discrecional al momento de sancionar conductas de particulares o partidos políticos, por no existir criterios sancionadores bien definidos.
“Tenemos en la materia electoral antecedentes que yo quisiera que trajéramos a la memoria porque pareciera que no hemos tenido nunca dudas en la aplicación; justamente en darle el carácter o el alcance discrecional a la autoridad electoral para disponer de sanciones, cuando más bien nuestra historia está llena de inequidad y de arbitrariedad.
“Y, por supuesto, de criterios que en el tema electoral se convierte en un tema delicadísimo, de criterios absolutamente interesados para nulificar a una de las partes, a la que se le interpreta la misma norma y se le imponen sanciones grandísimas, multas exorbitantes; y la misma conducta, por la misma autoridad, a otro de los participantes en una misma contienda electoral se le exime de responsabilidad”, afirmó la ministra Batres Guadarrama.
En tanto, el ministro Arístides Rodrigo Guerrero, quien participó por videoconferencia, afirmó que no puede existir un carácter rígido para aplicar sanciones, en materia electoral, ya que se debe considerar la evolución, entre otros aspectos, de la tecnología.
“¿Y qué es darle certeza al proceso electoral? Un ejemplo muy claro, ni la Constitución ni la legislación electoral contempla una sanción para el uso de redes sociales.
“Y hoy en día, el campo electoral se ha enfocado principalmente al uso de las redes sociales, si nosotros dijéramos, bueno, se debe señalar específicamente la norma electoral en la materia, y atender al principio de tipicidad, la legislación electoral tendría que ser muy exacta y enfocarse al uso de redes sociales”, detalló Guerrero García.