¿Qué significa que usuarios pueden impugnar ajustes por cobro de luz en un inmueble?

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El miércoles 5 de marzo, la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los usuarios de suministro eléctrico, tienen derecho de impugnar ajustes en la facturación e incluso si no son los titulares del contrato de un inmueble

En entrevista para XEU Noticias, el maestro en derecho y abogado, Eduardo Adrián Canedo, comentó que esto significa, que cualquier persona que consuma y pague en servicio, puede defender sus derechos ante el incrementos indebidos de los cobros.

Agregó que antes de los acuerdos de la Suprema Corte, los medios de impugnación de ajustes en la facturación de energía eléctrica se lanzaban principalmente en la Ley de Amparo.

De igual forma, afirmó que esta impugnación también aplica para las personas que rentan alguna propiedad.

"Si yo llego a rentar o algún usuario renta una casa-departamento o local comercial, ya puede impugnar libremente, aquellos ajustes que regularmente hace la Comisión Federal de Electricidad".

Recalcó que este acuerdo, fue motivado por la necesidad de garantizar una mayor equidad y protección de los derechos de los usuarios finales, del servicio eléctrico.

Finalmente, considera que lo realizado por la Suprema Corte de Justicia es un avance y positivo.

Editor: Redacción xeu
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