Luego de la revocación de la Corte a las suspensiones que jueces de amparo concedieron para detener la elección judicial, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló que su determinación fue coincidente con la sentencia previa del órgano, por lo que le dio la razón.
La Sala Superior del TEPJF detalló que la Corte ordenó a los jueces de distrito corregir sus sentencias, lo que las deja improcedentes en materia electoral.
A continuación el comunicado:
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se refiere a la discusión celebrada este jueves en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El TEPJF es la máxima autoridad en materia electoral y así fue reconocido por la SCJN. Asimismo, confirma que el amparo no procede en materia electoral, tal como ha sostenido este órgano jurisdiccional.
Cabe destacar que las sentencias del TEPJF son definitivas e inatacables, por lo que el proceso electoral en ningún momento ha sido suspendido y se mantendrá como está previsto en la Constitución.
Es necesario señalar que la SCJN ordenó a los jueces de distrito corregir sus propias sentencias, tomando en cuenta lo razonado en la sesión de su pleno; es decir, que las suspensiones no proceden en materia electoral.
Es preciso aclarar que el TEPJF en ningún momento revocó las suspensiones dictadas por jueces de distrito, como de manera errónea se ha considerado en distintas instancias, entre ellas la SCJN. En este caso, se aplicó el artículo 41 de la Constitución, que establece claramente que en materia electoral no proceden los amparos, por lo que no es posible frenar un proceso democrático de elección.
El TEPJF seguirá actuando como la máxima instancia en materia electoral, de manera independiente y sin admitir la intervención de ninguna otra autoridad judicial.
Las resoluciones que adopta la Sala Superior del TEPJF tienen como propósito central garantizar los derechos político-electorales de la ciudadanía y la continuidad del proceso electoral de personas juzgadoras que está en curso.
Fuente: TEPJF / Foto: Archivo