Ordenan inscribir a Layda Sansores, por 2 años, en registro de violencia política de género

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Por: Redacción xeu

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó inscribir, por dos años, a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, en el registro de personas sancionadas por violencia política en razón de género, por sus comentarios en contra de diputadas y ex diputadas del PRI.

A continuación el comunicado:

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación modificó el plazo en el que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, deberá permanecer en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Género, por cometer esta conducta contra diputadas y ex diputadas del PRI.

La funcionaria deberá permanecer dos años en ese registro, a partir de que la sentencia aprobada en sesión pública quede firme. El plazo original era de cuatro años.

El Pleno también determinó que un periodista y dos medios de comunicación no cometieron VPG, porque sus comentarios y/o publicaciones se realizaron en apego a la libertad de expresión.

En el caso de cuatro colaboradores de un medio de comunicación digital, tampoco se tuvo por acreditada alguna responsabilidad en los hechos denunciados. 

En el caso de cinco periodistas se determinó que sí incurrieron en esa infracción y se les aplicaron multas equivalentes a 7 mil 697.60 pesos (en dos casos); 6 mil 735.40 pesos (en dos casos) y 4 mil 811 pesos.

También se determinó su inscripción en el registro en materia de VPG del INE por un plazo de un año ocho meses (en dos casos); un año seis meses (en dos casos) y un año 10 meses. 

El director general del Sistema de Radio y Televisión de Campeche, así como el titular de la Unidad de Comunicación Social del Gobierno de Campeche fueron, a su vez, responsabilizados por la conducta y, como consecuencia, se ordenó dar vista a su superior jerárquico e inscribirlos en Registro del INE por un plazo de un año seis meses.

En todos los casos, los plazos comenzarán a contabilizarse una vez que la sentencia (que puede ser impugnada ante la Sala Superior de este tribunal) quede firme (SRE-PSC-47/2023). 

Esta sentencia se emitió en cumplimiento al SUP-REP-150/2023.

 

Fuente: TEPJF / Foto: Archivo 

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