Senadores aprueban blindaje al salario mínimo contra la inflación; así aplicaría…

Por: José Antonio Coto
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El Senado de la República avaló en lo general y por unanimidad de 124 votos, la reforma que blinda al salario mínimo para que nunca se fije por debajo de la inflación.

La reforma establece también un salario base maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada, así como médicos y enfermeros.

En la sesión ordinaria se avaló la reforma impulsada por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador, que modifica el primer párrafo de la fracción VI del Apartado A, y se adiciona un tercer párrafo a la fracción IV del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política, en materia de salarios.

Esta iniciativa, que llegó como minuta de la Cámara de Diputados y a la que no se le cambió una sola coma, establece un salario profesional a maestros de educación básica de tiempo completo, personal sanitario (incluye médicos, enfermeras y personal administrativo), policías, militares, marinos y miembros de la Guardia Nacional.

Por lo que hace a los salarios de los docentes de nivel básico, policías, personal de medicina y enfermería, la propuesta busca que sus remuneraciones no puedan ser inferiores al salario base de cotización registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el cual se ubicó el año pasado en un promedio 16, 777 pesos al mes con ajuste a la inflación estimada para 2024.

Según lo que plantea el dictamen, este grupo de profesionistas actualmente tiene ingresos inferiores a esa línea salaria, los maestros ganan en promedio 12 mil 500 pesos mensuales, y entre el personal de policía esa cifra se reduce a 6 mil 800 pesos al mes.

El proyecto forma parte del paquete de reformas enviadas por el Poder Ejecutivo a inicios de año, y que quedaron pendientes de aprobarse en la anterior legislatura, en ese conjunto de iniciativas se encontraba también los cambios al régimen de pensiones.

También, el proyecto prohíbe el uso del salario mínimo como índice, unidad, base, medidas o referencia para fines distintos a su naturaleza.

Cabe señalar que la reforma que modifica el artículo 123, detalla que los salarios mínimos serán de dos tipos: generales, aplicables en áreas geográficas determinadas, y profesionales, que regirán en ramas específicas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.

 

Fuente: El Universal / Foto: Archivo / JAC